A- de 2022
Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Demandante José Roldan Monroy Ortiz·Demandado Alcaldía Municipal De Soledad
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Causas Mixtas con Funciones de Conocimiento de Barranquilla y el Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes de San Gil (Santander).
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo se fundó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos despachos presentaron una serie de órdenes relacionadas con el lugar donde se originó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales alegada por la parte demandante.
En atención al principio a prevención, la Corte decidió respetar la elección del actor y declarar que el juzgado que tiene la competencia para conocer la acción de tutela es el Cuarto Penal Municipal de Causas Mixtas con Funciones de Conocimiento de Barranquilla (Atlántico), a donde se ordena enviar el expediente para lo de su competencia y para que adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Al otro despacho judicial, autoridad que remitió el expediente a esta Corte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 26 de septiembre de 2022, proferido por EL Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de Causas Mixtas con Funciones de Conocimiento de Barranquilla (Atlántico), dentro del proceso de tutela promovido por José Roldan Monroy Ortiz, en calidad de representante legal de la sociedad comercial Inversiones Monro Ltda., contra la Oficina de Impuestos de la Alcaldía Municipal de Soledad (Atlántico).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4289 , al Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de Causas Mixtas con Funciones de Conocimiento de Barranquilla (Atlántico), para lo de su competencia y para que adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Penal Municipal para Adolescentes de San Gil (Santander) que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por la autoridad judicial prevista en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Primero. Penal Municipal para Adolescentes de San Gil (Santander), la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.